La estabilidad de un país depende en buena medida de la seguridad de su tráfico fiduciario, es decir que la seguridad de los documentos públicos que circulan sean fieles en su contenido a la realidad, en tanto tutelan derechos individuales y colectivos, necesarios a garantizar desde la ley.
El delito de Falsificación de documentos públicos, es objeto de especial tutela penológica y se dota de sanciones severas que discurren de dos hasta los doce años de privación de libertad, incluido en el Título XI artículo 332 del vigente Código Penal, dentro de los delitos contra la Fe Pública, aparece generalmente asociado al ánimo de lucro y a la intención de defraudar la confianza de la población y las instituciones en los registros públicos.
El año 2023 los órganos de enfrentamiento al delito en nuestra provincia, conocieron de la actuación de una ciudadana que se dedicaba a la obtención de ganancias, mediante la gestión de citas para visado en la embajada de México, violando los trámites legales, no contenta con eso, puesta de acuerdo con dos ciudadanos más y siempre a cambio de dinero.
Se dedicó, sin estar habilitada para ello como notaria pública, a confeccionar en su totalidad Poderes Notariales de tutores, para la expedición de pasaporte a menores de edad de padres que se encontraban fuera del país, siendo elaborados dichos documentos faltando a la verdad y poniendo en riesgo los derechos parentales de los representantes legales de dichos infantes, la estabilidad y seguridad de ellos.
Por estos hechos se radicó el correspondiente proceso penal, donde resultaron imputados cinco ciudadanos, de estos, tres autores de las falsificaciones fueron asegurados con la medida cautelar de prisión provisional, el proceso fue presentado a la Sala de lo Penal del Tribunal Provincial con el escrito acusatorio del fiscal, solicitando sanciones puras de privación de libertad entre siete y diez años, en tanto en dos casos la de cinco años de Trabajo Correccional con Internamiento, a los imputados que hicieron uso del documento falsificado.
La protección de la fe pública, esencia de todo estado moderno, exige el tratamiento penal severo de quienes lesionan este importante bien jurídico, poniendo en riesgo la estabilidad de sus registros públicos y de los funcionarios autorizados para la emisión de esta clase de documentos. La confianza de la población en nuestras instituciones, su fidelidad a la verdad y el orden social, constituyen una responsabilidad de la que todos somos parte, que impide que estas personas lucren a expensas de la fe pública y vulneren el derecho de todos a una sociedad donde prime el respeto a la Ley y a la estabilidad pública.