No Result
View All Result
booked.net
  • Inicio
  • Artemisa
    • Salud
    • Educación
    • Entrevistas
    • Agricultura
    • Conoce Artemisa
    • Turismo
  • Cultura
  • Deporte
    • Contrarreloj
    • Fuera de Liga
  • Opinión
  • Multimedia
    • Reportajes
    • Infografía
    • Podcast
  • Blogs
    • Pinta Joven
    • A lo natural. Medicina verde
    • ¿Sabías qué?
    • ¡Qué Sabor!
    • Pon en práctica
    • Yo Psicoeduco
  • Cuba
  • Mundo
  • Impreso
  • Inicio
  • Artemisa
    • Salud
    • Educación
    • Entrevistas
    • Agricultura
    • Conoce Artemisa
    • Turismo
  • Cultura
  • Deporte
    • Contrarreloj
    • Fuera de Liga
  • Opinión
  • Multimedia
    • Reportajes
    • Infografía
    • Podcast
  • Blogs
    • Pinta Joven
    • A lo natural. Medicina verde
    • ¿Sabías qué?
    • ¡Qué Sabor!
    • Pon en práctica
    • Yo Psicoeduco
  • Cuba
  • Mundo
  • Impreso
No Result
View All Result
Diario de la comunidad artemiseña
No Result
View All Result
Home Artemisa

De la invisibilidad al reconocimiento: los Cuidadores Familiares y su papel dentro del Proyecto del Código de las Familias.

Yuliesky Amador Echevarría by Yuliesky Amador Echevarría
21 febrero, 2022
in Artemisa, Cuba
0
De la invisibilidad al reconocimiento: los Cuidadores Familiares y su papel dentro del Proyecto del Código de las Familias.
25
SHARES
141
VIEWS
Compartir en Facebook

El proyecto que se presenta para Consulta Popular entre el primero de febrero y el treinta de abril, protege todas las expresiones de la diversidad familiar y el derecho de cada persona a constituir una familia en coherencia con la Constitución de la República y sus principios de igualdad, no discriminación y dignidad humana. Fortalece la responsabilidad familiar desde el punto de vista emocional, educacional, formativo y económico en la atención a sus miembros, y sitúa el amor, el afecto, la solidaridad y la responsabilidad en lo más alto de los valores familiares.

En este sentido, una de las cuestiones que recoge, es lo referido a las personas consideradas cuidadoras familiares, quienes, en la mayor parte de las familias, han sido invisibilizadas y ante las cuales hoy el Derecho de Familias necesita actualizarse y atemperarse tomando en consideración las dinámicas sociales.

¿Cómo define el proyecto del Código de las Familias a la persona considerada cuidadora familiar?

El proyecto del Código de las Familias define a la persona considerada cuidadora familiar comoaquella que asume total o parcialmente la responsabilidad de la atención de una o varias personas que forman parte de su familia, quienes por diversas razones, ya sean por edad, enfermedad o discapacidad, se encuentran en situación de dependencia para realizar sus actividades cotidianasy satisfacer así sus necesidades materiales y emocionales.

¿Cuál puede ser considerado el contenido de esta actividad?

A la persona cuidadora familiar corresponde asumir el cuidado personal, ayudar en la educación y la vida social, gestiones administrativas, movilidad, vigilancia permanente, ayuda psicológica, comunicación, actividades domésticas u otras de similar naturaleza. El Texto que se presenta establece que debe estar apoyada por otras personas del grupo familiar.

Se añade que asume de manera solidaria las decisiones y conductas a seguir de conjunto con la persona a su cuidado, garantizando que estos se dispensen de acuerdo con la autonomía y preferencias de la persona que cuida y que en todo caso se respete su dignidad.

¿Cómo asumir la No Violencia y el tema de las personas considerada cuidadora familiar?

Si asumimos que el Código que se presenta no es para personas violentas, evidenciado esto en un  tratamiento intencionado de la no violencia en el espacio familiar, hay que tener en cuenta entonces que el Estado, la sociedad y las familias, deben impedir todas las formas de abuso, explotación, discriminación y violencia en cualquiera de sus manifestaciones contra la persona cuidadora familiar o de esta contra la persona que cuida.

Esto conlleva que se garantice institucionalmente por parte del Estado, las acciones de capacitación necesarias para dotar a la persona cuidadora familiar de las aptitudes específicas que le permitan realizar su actividad de forma óptima e integral, ser capaz de prevenir acciones o prácticas que puedan producir daños o agravar las condiciones existentes y a cuidarse a sí mismo.

¿Qué derechos posee la persona considerada cuidadora familiar?

Amplios son los derechos reconocidos a las personas consideradas cuidadoras familiares en el proyecto del Código de las Familias. En este sentido podemos citar, conocer el diagnóstico médico de la persona que cuida y todo lo relacionado con las enfermedades que padezca. Esto incluye acceder a toda la información que facilite su desempeño. Tiene también el derecho recibir formación para realizar el cuidado de forma óptima y contar con el tiemponecesario para aprenderlo; cuidar de sí mismo y descansar, dedicar tiempo para actividades personales que no incluyan a su familiar y a disfrutar de los servicios de salud y a las redes que proporcionen apoyo económico, moral, psicológico, físico y social.

Con un marcado carácter humano añade el ser tratado con respeto, recibir cooperación del resto de los familiares y negarse ante demandas excesivas o inapropiadas por parte de la persona que cuida; que otras personas participen del cuidado de su familiar, aunque este se oponga, si es por causa injustificada,así como reconocer los límites de su propia fuerza y resistencia.

En este conglomerado de derechos aparece también el reconocimiento de realizar su desempeño a tiempo parcial o completo, según sea el caso, de forma que pueda conciliarlo con su proyecto de vida personal, familiar y social; ser reembolsados o restituidos, conforme a las normas del Código Civil, por los gastos o erogaciones que asuman con su propio patrimonio en el cuidado del familiar, así como contar con redes de apoyo para el cuidado familiar a nivel comunitario e institucional.

¿Sólo adquiere derechos? ¿O también asume deberes?

Se establece, a partir de lo regulado en el proyecto del Código de las Familias, que la persona cuidadora familiar tiene el deber de facilitar las decisiones, la inclusión y la participación social de la persona que cuida, fomentando la mayor autonomía material y formal posible en relación con sus posibilidades y garantizar en todo caso la dignidad del familiar bajo su cuidado. Debe, además, compartir con otros familiares las determinaciones relacionadas con el cuidado y cualquier otro aspecto relacionado con la persona que cuida, que en ningún caso deben afectar su bienestar y calidad de vida. Agrega también dentro de los deberes el no utilizar en provecho propio los recursos patrimoniales de que disponga.

¿A quién se aplica todo lo anterior?

Evitando posibles interpretaciones extensivas del Texto presentado, cuestión esta que puede resultar nociva sino se hace de forma adecuada, se establece que las disposiciones anteriores se aplicantambién, en lo pertinente, a quienes se desempeñan como asistentes personales, cuidadores informales y cuidadores profesionales que no sean familia de la persona a la que se dispensa el cuidado.

¿Qué más debemos saber sobre la persona considerada cuidadora familiar con respecto al proyecto del Código de las Familias y otras normativas?

Actualizar el Código de las Familias implica que otras normas sufran modificaciones para no entrar en contradicción, o bien complementar sus contenidos. En este sentido, se prevé que de ser aprobado el Texto, una vez que se lleve a Referendo, se incorporen cuestiones esenciales en el Código Civil referidas a la sucesión. 

Sobre el tema se deja claro que si alguno de los herederos se ha desempeñado como persona cuidadora familiar del causante y ha asumido en el orden económico todos los gastos necesarios para ello, su cuota en la herencia es el doble que la del resto de los herederos concurrentes.

En caso que, quien ha asumido el cuidado familiar pertenezca a un llamado posterior tiene el derecho de acudir a la sucesión con los herederos más próximos y a recibir también el doble de la cuota que la del resto de los herederos concurrentes.

Tags: cuidadores
Previous Post

Gladiadores a ritmo de goles

Next Post

Edición 7 de el artemiseño

Yuliesky Amador Echevarría

Yuliesky Amador Echevarría

Next Post
Edición 7 de el artemiseño

Edición 7 de el artemiseño

ONAT alerta sobre Campaña de Declaración Jurada

ONAT: Descuentos por pronto pago

Artemisa Diario

El artemiseño es un medio de comunicación dedicado a la comunidad de Artemisa. Aquí encontrarás nuestra historia, el acontecer diario de la provincia, entrevistas a sus personajes más distinguidos y el ojo crítico del equipo periodístico.

Nacionales

Granma

Juventud Rebelde 

Cubadebate

Trabajadores

ACN

Cubaperiodistas

 

 

Provinciales

Ahora

Adelante

Escambray

Giron

Guerrillero

Invasor

Victoria

Lademajagua

Periodico 26

Sierramaestra

Tribuna

Venceremos

Vanguardia

Diariomayabeque

5 de Septiembre

 

Síguenos

Copyright © 2020 Periódico el artemiseño. Fundado el 11 de enero de 2011. Todos los derechos reservados. Autorizamos la reproducción de trabajos de este medio, siempre que sea de forma íntegra y se cite la fuente. JNews - Premium WordPress news & magazine Jegtheme.

No Result
View All Result
  • Inicio
  • Artemisa
    • Salud
    • Educación
    • Entrevistas
    • Agricultura
    • Conoce Artemisa
    • Turismo
  • Cultura
  • Deporte
    • Contrarreloj
    • Fuera de Liga
  • Opinión
  • Multimedia
    • Reportajes
    • Infografía
    • Podcast
  • Blogs
    • Pinta Joven
    • A lo natural. Medicina verde
    • ¿Sabías qué?
    • ¡Qué Sabor!
    • Pon en práctica
    • Yo Psicoeduco
  • Cuba
  • Mundo
  • Impreso

Copyright © 2020 Periódico el artemiseño. Fundado el 11 de enero de 2011. Todos los derechos reservados. Autorizamos la reproducción de trabajos de este medio, siempre que sea de forma íntegra y se cite la fuente. JNews - Premium WordPress news & magazine Jegtheme.

Inicie sesión en su cuenta a continuación

Contraseña olvidada?

Fill the forms bellow to register

All fields are required. Log In

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In