¿Recuerda los maltratos familiares sufridos por Orestes, coprotagonista de la gustada teleserie Calendario? ¿Acaso le resultó conocido el personaje de Julio, el padre troglodita de Dayron en la recién finalizada telenovela Tú?
Ambos ejemplos de abusos contra la niñez y la adolescencia persisten como lastre vergonzoso, aunque queramos suponer a estas realidades desterradas por completo del país.
La ficción también puso reflectores sobre tales fenómenos, al igual que el Proyecto del Código de las Familias —desde el propio título I, artículo 5— establece la responsabilidad de la célula fundamental de la sociedad, en asegurarles a los más pequeños “el disfrute pleno y el ejercicio efectivo de sus derechos”.
Entre los más conocidos y no siempre respetados, figuran “la atención de su salud, educación, alimentación, crianza y bienestar general”, además del derecho al descanso, el juego, el esparcimiento y a las actividades recreativas propias de la edad.
Tan solo una ojeada al texto vigente (aprobado en 1975) y al proyecto actual, permite reconocer la ampliación de estas facultades en el ámbito de la familia. Me refiero a la potestad de ser escuchados de acuerdo con su capacidad y autonomía progresiva, pues su opinión podrá tenerse en cuenta durante la resolución de conflictos que les conciernen, según el raciocinio y madurez.
La propuesta sometida a consulta popular introduce el derecho a un entorno digital libre de discriminación y violencia, muy a tono con el empleo de las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones por los infantes, a veces sin la necesaria compañía adulta.
Los titulares de la responsabilidad parental deben velar por la interacción equilibrada y segura con esos contenidos, lo cual implica mayor supervisión del tiempo, los amigos y las preferencias.
No se justifica el abandono de estos temas, incluso debido a su repercusión en el desarrollo de la personalidad, en su integridad física, la intimidad y la imagen propia.
El proyecto mira más allá cuando sugiere evitar la publicación en los medios digitales de datos y elementos sobre la identidad de nuestros niños y adolescentes, sin su autorización.
Ninguna de estas realidades nos resulta ajena; forman parte de la vida: aún muchos se jactan en Facebook de las fotos artísticas de la niña, rutinas y otras interioridades, que podrían alimentar vicios y perversiones.
El documento refuerza la corresponsabilidad parental, en tanto valora la función de abuelos, parientes y personas cercanas a los afectos en la formación, la herencia cultural y de valores y el cuidado de los más nuevos.
Además, aparece en el mundo del Derecho el interés superior de niños y adolescentes, aspecto vital ante cualquier decisión que involucre sus intereses. El concepto se encuentra recogido en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, ratificada por nuestro país en 1991.
Cerca del Día Internacional de la Infancia llamamos a la reflexión sobre el ambiente proporcionado a nuestros pequeños. La explotación mediante el trabajo, gritos o sacudidas impacientes, diversas manifestaciones de negligencia, con sus efectos secundarios, hieren el principio de proteger la inocencia.
Y nadie piense que tales problemas solo habitan en barrios vulnerables u hogares marcados por la disfunción. Si algo estamos a tiempo de aprender es la pluralidad de las familias, donde la estructura o la sangre influyen; sin embargo, jamás determinan armonía, respeto y educación desde las primeras etapas de la vida.
¿Son los hijos una propiedad, o más bien un pacto de amor? Hagámonos la pregunta, desde los derechos, pero en especial a partir de los deberes contraídos con esos seres cuya existencia fue nuestra elección.