Casi 162 000 mujeres se atendieron en las consultas municipales de fertilidad en Cuba entre 2018 y 2020, según un artículo publicado el 9 de febrero de 2021 por el MINSAP. Son parejas estériles que no renuncian a tener hijos. Una de las posibilidades que les ofrece el nuevo Código de las Familias es la gestación solidaria.
El artículo 128 prevé que únicamente por motivos altruistas, ajenos a cualquier retribución monetaria, una mujer distinta de la que quiere asumir la maternidad, gesta en su útero al hijo de quien o quienes quieren esa maternidad o paternidad.
Solo puede ser efectuada entre personas unidas por vínculos familiares o afectivos cercanos, para beneficio de mujeres con alguna patología médica que impida la gestación, de personas estériles, de hombres solos o parejas de hombres.
No todos los que acuden a las consultas municipales de fertilidad logran un resultado por fertilización in vitro. Por eso esta ley es una opción única para quienes desean concebir de manera biológica.
Si un familiar o amigo muy cercano está dispuesto a ofrecerles la oportunidad, sería un bello gesto. Pero, si este matrimonio deseoso de tener hijos fuese de unión afectiva, sí generaría oposición, por prejuicios arraigados y pensamiento retrógrado.
Cierto, son familias poco comunes, lo cual no significa que no existan. Y la ley los ampara, porque tienen igual derecho a que se les reconozca.
Simplemente, su biología no les permite procrear; aun así, pueden ser capaces de criar a un niño con responsabilidad, darle amor y dejarlo elegir su propio camino, como ha de ser, igual en un matrimonio convencional que en uno de unión afectiva.
Bien dice la colega Yuliet Pérez Calaña desde un post en Facebook, “la orientación sexual no se aprende. Los homosexuales que conozco son de padres hetero, asistieron a escuelas de mayoría hetero, a iglesias donde les enseñan que lo correcto es hombre/mujer, nacieron en sociedades patriarcales y, pudiendo escoger, eligieron ser homosexuales”.
La ciencia está de su lado. Un estudio de The New England Journal of Medicine advierte que no hay diferencias entre niños criados por un matrimonio convencional y uno de unión afectiva. Poseen igual salud mental y desarrollo cognitivo. Además, estos pequeños recibieron mejor calidad de crianza y mostraron más flexibilidad sobre roles de género, diversidad sexual y tipos de familias.
Otra inquietud alude a posibles ilegalidades en los procedimientos, a que se convierta en un negocio, como ocurre en varios países.
El artículo 129 alerta que los comitentes y la futura gestante deben obtener autorización judicial, previa al inicio del proceder médico. De no ser así, puede derivar en responsabilidad según la legislación penal. Quien se atreva a cometer algún fraude, debería pensárselo muy bien, si no quiere ir a la cárcel.
Para su autorización es preciso que todos los implicados estén de acuerdo, se haya agotado el uso de otra técnica de reproducción asistida, y la futura gestante no se haya sometido antes a esta.
La práctica en realidad no tiene nada de novedosa: ya en la Biblia, justo en el Antiguo Testamento, había referencias a algo similar. Tras diez años de convivencia, Sara no quedaba embarazada de Abraham. Apesadumbrada, le ofreció la posibilidad de dormir con su esclava Agar, y lograr descendencia a través de ella. Así nació Ismael. Tampoco Raquel y Jacob habían tenido hijos, hasta que ella le propuso concebir por medio de su esclava Bilá. Y nació Dan.
Lo que en Cuba es nuevo, está permitido en Canadá, Estados Unidos, Rusia, Ucrania, Georgia, Reino Unido, Australia y la India. Incluso algunas naciones permiten contrato comercial entre los interesados, lo que estará prohibido en Cuba, donde se prevé para quienes realmente lo anhelen, sin estar sujetos a un intercambio.